¿Cuál es el procedimiento a segur?

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Debe presentar una reclamación ante su entidad financiera con la que tiene la hipoteca, mediante cualquier medio que permita acreditar su presentación (sello de su oficina bancaria, correo certificado con acuse de recibo, burofax...).

La entidad financiera está obligada a contestarle en el plazo máximo de 2 meses a contar desde la fecha en que Usted presente la reclamación.

Debe incluir todas las facturas acreditativas de los gastos efectuados cuya devolución solicita -facturas de notaría, registro, tasación, etc...

Si el Banco o Caja no responde ya puede reclamar judicialemente, si la respuesta es por escrito debe estar motivada, esto es, la entidad debe explicar por qué rechaza la reclamación.

La reclamaión judicial debe hacerla mediante un abogado, esto es, un despacho de abogados debe reclamar ante el Juzgado interponiendo una demanda judicial. Antes de llegar a juicio puede plantearse el caso de un acuerdo entre ambas parte, el consumidor reclamante y el banco o la caja. En caso de llegarse a juicio el Juez tendrá que dictar una sentencia en la que debería condenar al banco a su devolución.

¿Qué coste tiene el proceso de reclamación?

Si lo realiza con nuestro despacho no tendrá ningún coste, es totalmente gratuito.

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